La pelea se habría originado por la utilización de un término discriminatorio
Este viernes imputaron a Jesuan Ezequiel M y Franco Z quienes habrían agredido a golpes al hijo de Valeria Mazza, Tiziano Gravier, el pasado 5 de junio a la salida de Rosflow, el local bailable de Brown y Vera Mujica. El Fiscal Rodrigo Santana, les imputó los delitos de lesiones graves dolosas, mediando acto discriminatorio por la condición social, posición económica o carácter físico, en calidad de autores.
El Juez de Primera Instancia Dr. Postma tuvo por formalizada la audiencia, aceptando la constitución de querellante solicitada por la familia de la víctima y disponiendo la prisión preventiva efectiva por el plazo de 90 días para los imputados. La Fiscalía le atribuyó el hecho mencionado donde agredieron a Tiziano tras haberlo tratado de ¨tincho¨, palabra despectiva que se utiliza para hacer referencia a jóvenes de clase media-alta -evidenciando con ello una actitud discriminatoria fundada en la posición económica, condición social y caracteres físicos de la víctima-. La víctima sufrió lesiones graves, constatadas mediante historia clínica del Sanatorio Británico, a través de la cual se verifica asimetría facial con edema a predominio de maxilar izquierdo con dificultad para la apertura bucal por dolor, desprendimiento de parte de la mucosa malar en encía inferior izquierda y parte anterior de encía derecha, fractura del maxilar inferior izquierdo, con existencia de trazo de dirección transversal, ligeramente oblicuo, signos de edemas de partes blandas perifracturarios asociados a burbujas de gas y edema en hemicara izquierda asociada a limitación de la apertura bucal y movimiento de músculos masticatorios limitados por el dolor, dictaminando el médico Forense del Poder Judicial Dr. Néstor Cabrejas que dichas lesiones se corresponden con el mecanismo de golpearse o ser golpeado con o contra superficie firme y dura, invalidantes, estimando su recuperación de no mediar complicaciones, en un lapso de 90/120 días, como asimismo también que la inutilidad laboral o para realizar sus tareas habituales será mayor al mes