Se trata del joven que habían dejado detenido tras atropellar a dos delincuentes. El proceso de juicio continúa pero en su casa con restricciones.
Este viernes se llevó adelante una nueva audiencia por el hecho ocurrido el pasado 8 de abril en Juez Zuviria al 200, donde luego de ser asaltado a punta de pistola, persigue a los delincuentes, atropellándolos y causándoles el deceso a los identificados como; Luciano Escudero y Diego Quiroga Garcia. Dicha audiencia fue solicitada por la Fiscalía ante el anoticiamineto por parte de la defensa de la intención de prestar declaración, quien se encuentra imputado por homicidio simple y estaba en prisión preventiva bajo la supervisión del Servicio Penitenciario.
Sin observar fisuras en la materialidad y autoría del hecho por parte del imputado pero ante lo declarado por el mismo y las múltiples medidas investigativas llevadas adelante por Fiscalía en el periodo de tiempo posterior a la realización de la audiencia imputativa y rigiéndose por el criterio de objetividad, el Fiscal de la Unidad de Homicidios Dolosos, Dr. Saldutti, determina que al momento se divisa objetivamente la posibilidad de la existencia de un futuro encuadre legal menos gravoso, si bien la calificación legal de homicidio simple se mantiene en la actualidad, la posibilidad futura colocaría la escala penal inferior a la que se valoró en la audiencia imputativa inicial.
La investigación se encuentra en un estado avanzado, aunque con medidas a la espera de recepción de informes finales como autopsia y pericia accidentológica vial, entre otras. Realizaron un relevamiento y recolección de material fílmico de 21 cámaras de seguridad en el trayecto entre el hecho de robo y homicidios, imágenes que se encuentran siendo analizadas por personal del Ministerio Público de la Acusación. También se tomaron declaraciones testimoniales a 12 testigos de los hechos, valorando además, que familiares del imputado manifestaron intención y que hayan declarado, renunciando a su facultad de abstención, ante Fiscalía y que el imputado brindara su versión de los hechos, disminuyendo todos estos elementos el riesgo procesal.
De esta forma la Fiscalía consideró que en este momento del proceso y con los elementos recabados se pueden garantizar los fines procesales y razonablemente inocular los riesgos procesales existentes, solicitando así una medida cautelar no privativa de la libertad, manteniendo sujeto a proceso, con reglas de conducta.
Por tal motivo el Juez de Primera instancia Dr. Lanzón dictamino hacer lugar al pedido de la Fiscalía en acuerdo con la defensa del imputado y otorgar la morigeración de la prisión preventiva efectiva a libertad con las restricciones mencionadas por el plazo de ley.
1- Obligación de someterse al cuidado de dos familiares que oficiaran de Garantes, quienes deberán asumir tal compromiso ante la Oficina de Gestión Judicial.
2- Fijar residencia donde previamente deberá ordenarse una constatación de domicilio e informe ambiental del mismo.
3- Obligación de presentarse ante la Oficina de Gestión Judicial semanalmente para control de sujeción a proceso.
4- Prohibición de salir del territorio de la Provincia de Santa Fe.
5- Prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto con familiares de los fallecidos y testigos de la causa.
6- Prohibición de tener o portar armas de fuego en todas sus categorías.
7- Prohibición de conducir vehículos motores y motocicletas de todo tipo.
8- Prohibición de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas.